Copia; Manuscrito; Tinta sobre papel, 18 folios sin numerar; Expediente cosido; 31,4 x 22,4 cm. (abierto: 31,4 x 42,5 cm.)

Santa Úrsula (Tenerife); 1823, Sm., Sd.

Los padrones parroquiales dejan testimonio escrito del cumplimiento del precepto pascual; comunión y confesión por Pascua o Cuaresma. Los párrocos tenían obligación de remitir a su Obispo anualmente y suponían un recuento, casa por casa, de todos los feligreses de su jurisdicción parroquial que tuviesen la edad necesaria para cumplir tal precepto, si bien este recuento incluía a todos los habitantes de la vivienda, independientemente de su edad.